Plazos de Postulación
Resolución Nº 3012/2015
Los sujetos pasivos de impuestos administrados por la Dirección General Impositiva, cuyas ventas superen los importes determinados en el siguiente cuadro, dispondrán de plazo para postularse al régimen de documentación fiscal electrónica reglamentado por el Decreto No 36/012 de 8 de febrero de 2012, hasta la fecha establecida en el mismo.
A tales efectos, deberán considerarse las ventas registradas al cierre del ejercicio económico que se produzca en el año civil que se indica, utilizando la cotización de la unidad indexada del primer día del año civil en que ocurre dicho cierre.
Año civil en que se produce el cierre de ejercicio económico
Ventas en UI (Unidades Indexadas)
Fecha límite de postulación
Cierre: 2015
Ventas: Más de 30.000.000 UI
Postula: 1/6/2016
Cierre: 2015
Ventas: Más de 15.000.000 UI
Postula: 1/12/2016
Cierre: 2016
Ventas: Mas de 7.000.000 UI
Postula: 1/6/2017
Cierre: 2016
Ventas: Más de 4.000.000 UI
Postula: 1/12/2017
Cierre: 2016
Sector: Agropecuario
Ventas: Entre 15.000.000 y 4.000.000 UI
Postula: 1/6/2018
Cierre: 2017
Ventas: Más de 2.500.000 UI
Postula: 1/6/2018
Cierre: 2017
Ventas: Más de 1.500.000 UI
Postula: 1/12/2018
Cierre: 2018
Ventas: Más de 750.000 UI
Postula: 1/6/2019
Cierre: 2018
Ventas: Más de 305.000 UI
Postula: 1/12/2019
Ventas + de 305.000 UI CON cierre a partir de 01/01/2019
Los sujetos pasivos de impuestos administrados por la Dirección General Impositiva, cuyas ventas superen las 305.000 U.I. (trescientas cinco mil Unidades Indexadas) en los ejercicios económicos cuyo cierre se produzca a partir del 1º de enero de 2019, deberán postularse al régimen de documentación fiscal electrónica reglamentado por el Decreto No 36/012 de 8 de febrero de 2012, de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro:
Cierre: 1º Semestre
Postula máximo: 1º de Febrero de año civil siguiente
Cierre: 2º Semestre
Postula máximo: 1º de Agosto de año civil siguiente
Solicitud de Prórroga de POSTULACIón
Debido a las medidas de precaución relacionadas al Coronavirus (COVID-19) la DGI ya no está aceptando recibir este tipo de solicitudes en forma presencial.
Las empresas que necesiten solicitar la prórroga a la postulación deberán contactarse a: postulfe@dgi.gub.uy
Deberán indicar:
RUT de la empresa.
Denominación social.
Motivo de la solicitud de prórroga.
Solicitud de Prórroga de puesta en producción
El término correcto de esta solicitud es: Modificación del vencimiento del período de transición.
Debido a las medidas de precaución relacionadas al Coronavirus (COVID-19) la DGI ya no está aceptando recibir este tipo de solicitudes en forma presencial.
Las empresas que necesiten solicitar la modificación del vencimiento del período de transición podrán realizar dicha solicitud comunicándose a algunas de siguientes casillas de correo según el tipo de empresa:
Para empresas de Montevideo: dptorut@dgi.gub.uy
Para empresas del Interior: https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,principal,_Ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;381;1;D;correos-electronicos-de-oficinas-del-interior-del-pais;1;PAG;
Deberán indicar:
RUT de la empresa.
Denominación social.
Motivo de la solicitud de prórroga.